La CRIPCO comunica que la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informó que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4955/2021, prorrogó los vencimientos para el recambio obligatorio de los controladores fiscales para el sector comercial y dividió los plazos según tamaño de empresa. La medida había sido solicitada por CAME en diciembre pasado a fin de aliviar la presión sobre los contribuyentes comerciales pyme a partir de la exención de un nuevo requerimiento y del costo que esta modernización tecnológica conlleva.
Los mencionados equipos de “vieja tecnología” podrán utilizarse según el cronograma que conforme a la cantidad de equipos homologados se detalla a continuación, debiéndose usar solo equipos de “nueva tecnología” a partir de las fechas indicadas para cada rango:
Cantidad de Equipos de “vieja tecnología” habilitados | Rango de fechas para el recambio obligatorio de “vieja tecnología” a “nueva tecnología” | |
50 o más | 1/05/2021 al 30/06/2021 | |
Entre 11 y 49 | 1/07/2021 al 31/08/2021 | |
Entre 5 y 10 | 1/09/2021 al 31/10/2021 | |
3 o 4 | 1/11/2021 al 31/12/2021 | |
1 o 2 | 1/01/2022 al 28/02/2022 |
Fuente: Prensa CAME